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06/05/2022

El acoso callejero es delito y en Fernández Oro fue castigado con una restricción a transitar

El acoso callejero es delito y en Fernández Oro fue castigado con una restricción a transitar
El acoso callejero es delito y en Fernández Oro fue castigado con una restricción a transitar

La justicia de paz de Fernández Oro emitió un fallo novedoso que seguramente generará un antecedente frente a casos similares. Dos mujeres denunciaron que un hombre que se desplazaba en una moto, las perseguía en la calle profiriendo obscenidades y realizando propuestas inaceptables. Ahora, este personaje no podrá transitar por la calle 1° de mayo entre la ruta 22 y la ruta chica; tiene una restricción de acercamiento a menos de 500 metros de los domicilios; y deberá abstenerse de repetir esa situación de violencia.

La primera víctima denunció que el agresor la hostigaba cuando ella salía de trabajar de una chacra de la zona. Un mes después, otra mujer protagonizó la misma situación y obtuvo fotos del acusado. Eso permitió que lo identificaran.

El juzgado de Paz de Fernández Oro dictó medidas de protección para las dos mujeres que padecieron esta situación. La resolución se basó en la ley 26.485 de Protección Integral a las Mujeres. En mayo de 2019 el Poder Ejecutivo también incorporó el acoso callejero como modalidad de violencia.

El artículo 6 define como violencia en el espacio público “aquella ejercida contra las mujeres por una o más personas, en lugares públicos o de acceso público, como medios de transporte o centros comerciales, a través de conductas o expresiones verbales o no verbales, con connotación sexual, que afecten o dañen su dignidad, integridad, libertad, libre circulación o permanencia y/o generen un ambiente hostil u ofensivo”.

La jueza Gabriela Rodriguez consideró que los hechos descritos por las dos víctimas constituían además violencia psicológica.

La primera denuncia se realizó en marzo de este año. La víctima trabaja en una chacra que está en inmediaciones del acceso Urundel, calle 1 de Mayo. Expresó que cuando recorría ese trayecto hasta su casa un hombre que se movilizaba en una moto roja le gritaba “linda, te acompaño mi amor”. Después la abordó y le ofreció trabajo. Esa situación se repitió por el plazo de una semana.

En abril, otra mujer refirió el mismo comportamiento por parte del conductor de la moto roja. Aseguró que le gritaba “mi amor, hermosa” y que le tiraba besos. Que el acoso se producía durante la tarde y que el hombre hacía lo mismo con todas las mujeres que circulaban por la zona. En una de esas oportunidades, la víctima le tomó una fotografía no solo al agresor sino también a la patente de la moto.

Con esa información la Policía de Fernández Oro pudo ubicar al acusado. El hombre permaneció algunas horas detenido hasta que se informaron sus antecedentes. Después concurrió a la audiencia ante el juzgado de Paz.

En esas circunstancias, la jueza le comunicó los alcances de la legislación y las modalidades de violencia. En esa instancia él manifestó que quería pedirles disculpas a las víctimas.

La resolución le impuso una prohibición de acercamiento a 500 metros de las víctimas y la prohibición de circular por la calle 1 de Mayo entre las rutas 65 y 22.

También se le prohibió al denunciado ejercer actos de violencia en los espacios públicos o de acceso al público, medios de transporte o centros comerciales “debiendo abstenerse de realizar conductas o expresiones verbales o no verbales con connotación sexual, ya que afectan y dañan la dignidad, la integridad, libertad, libre circulación o permanencia en un lugar provocando un ambiente hostil u ofensivo”.

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